¿Cuáles bebidas alcohólicas puedes deducir en tu declaración?
¿Qué? ¿Parece muy bueno para ser verdad?
¡Pues sí lo es! Efectivamente los gastos en bebidas alcohólicas son deducibles,
peeeero (claro, hay un “pero”) sólo aplica en algunos casos y bajo ciertas
condiciones.
Antes de empezar a juntar todos tus
tickets para facturarlos primero debes de considerar, entre otras cosas, bajo
qué circunstancias se hizo el gasto y cómo se asocia con el ingreso obtenido
(esto es para poder justificar haber hecho ese gasto).
La deducción de los gastos por concepto
de bebidas alcohólicas está restringida, porque los consumos en bares no son
deducibles. [Ley del Impuesto sobre la Renta (Ley del ISR) 28, fracción XX].
Sin embargo, en ciertos casos se puede
aplicar una deducción parcial de bebidas alcohólicas. Por ejemplo, los consumos
de bebidas alcohólicas en restaurantes pueden ser deducibles en un 8.5%. Es
decir, de cada 100 pesos 8.5 pesos se pueden deducir. (Como siempre, la
deducción sólo aplica si NO se pagó en efectivo).
Además, es importante que, al momento de
entrar al lugar donde vayas a consumir, te cerciores de que NO se trata de un
bar, porque si lo es dicho gasto no será deducible. Esto se debe a que los
gastos en bebidas alcohólicas por sí solas no son deducibles, aunque pueden
serlo siempre que sean parte del consumo de alimentos en restaurantes.
Cuando los consumos de bebidas
alcohólicas son parte de las atenciones que se realizan con los clientes,
también pueden ser deducibles. Es decir, cuando estén relacionados con la venta
de productos o por la prestación de servicios. Pero deben ofrecerse a todos los
clientes de manera general, lo que significa que los registros contables del
contribuyente deben contar con los elementos que sustenten el origen del gasto.
Así que el consumo de bebidas
alcohólicas como parte del consumo en restaurantes sí puede ser deducible, con
todos los elementos que justifiquen que es estrictamente indispensable para la
generación de las ventas de bienes o servicios.
También se pueden deducir como parte de
los viáticos, siempre y cuando su consumo haya sido en restaurante.
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